Preguntas frecuentesResolvemos tus dudas sobre el Plan Leader de forma rápida y sencilla

BLOQUE I. OBJETO, MARCO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL

1. ¿Cuál es la finalidad real de esta convocatoria?

La finalidad es impulsar el desarrollo económico y social del territorio del GAL Montaña de Riaño mediante la financiación de proyectos alineados con su Estrategia de Desarrollo Local, dentro del marco de la Intervención LEADER 7119 del PEPAC 2023–2027.

2. ¿Qué tipo de proyectos se financian en esta convocatoria?

Se financian proyectos productivos y no productivos, claramente diferenciados, con requisitos, beneficiarios y porcentajes de ayuda distintos.

3. ¿La convocatoria se rige solo por estas bases?

No. Se rige por las bases, el Régimen de Ayudas LEADER, la normativa PAC, la Ley General de Subvenciones y normativa autonómica y europea aplicable.

4. ¿Quién gestiona las ayudas?

El Grupo de Acción Local Montaña de Riaño, conforme a su Procedimiento Interno de Gestión aprobado.

5. ¿La presentación de una solicitud garantiza la ayuda?

No. La presentación de solicitud no genera ningún derecho, solo una expectativa condicionada a evaluación, puntuación suficiente y disponibilidad presupuestaria.

6. ¿Se conceden las ayudas por orden de llegada?

No. Se conceden por concurrencia competitiva, en función de la puntuación obtenida.

7. ¿Existe una puntuación mínima obligatoria?

Sí. Todos los proyectos deben alcanzar al menos 30 puntos sobre 100 para poder ser seleccionados.

8. ¿Puede el GAL decidir discrecionalmente?

No. El GAL aplica estrictamente los criterios y baremos establecidos en las bases.

9. ¿Puede modificarse el presupuesto de la convocatoria?

Sí, en caso de nuevas asignaciones o reasignaciones de fondos.

10. ¿Qué ocurre si se agotan los fondos?

Las solicitudes pendientes podrán quedar desestimadas por falta de crédito, aunque cumplan requisitos.

11. ¿Hasta cuándo está abierta la convocatoria?

Hasta el 31 de diciembre de 2027, salvo agotamiento previo de fondos.

12. ¿Puede suspenderse o cerrarse antes?

Sí, por causas justificadas conforme a normativa.

13. ¿Dónde puede consultarse toda la documentación oficial?

En la web del GAL Montaña de Riaño y en su sede administrativa.

14. ¿Este FAQ tiene valor normativo?

No. Es un documento aclaratorio sin valor normativo propio.

15. ¿Qué prevalece si hay contradicción entre FAQ y bases?

Siempre prevalecen las bases reguladoras y la normativa aplicable

BLOQUE II. BENEFICIARIOS Y TIPOLOGÍA DE PROYECTOS

16. ¿Qué tipos de proyectos existen en esta convocatoria?

Proyectos productivos y proyectos no productivos, sin posibilidad de mezcla.

17. ¿Quién puede ser beneficiario de proyectos productivos?

Exclusivamente PYMES, incluidas personas físicas que desarrollen actividad económica.

18. ¿Quién puede ser beneficiario de proyectos no productivos?

Únicamente el Grupo de Acción Local Montaña de Riaño.

19. ¿Puede una asociación presentar un proyecto productivo?

Solo si cumple la definición de PYME y desarrolla actividad económica real.

20. ¿Puede una entidad local presentar un proyecto no productivo?

No. Los proyectos no productivos son exclusivos del GAL.

21. ¿Puede una PYME presentar un proyecto no productivo?

No, en ningún caso.

22. ¿Puede un proyecto tener parte productiva y parte no productiva?

No. El proyecto debe clasificarse claramente en una sola tipología.

23. ¿Qué se considera proyecto productivo?

El que genera actividad económica y/o empleo y se encuadra en las acciones previstas.

24. ¿Qué se considera proyecto no productivo?

El que no genera beneficio económico directo y persigue fines públicos o colectivos.

25. ¿Puede un promotor presentar varios proyectos?

Sí, siempre que cumpla requisitos y exista presupuesto disponible.

26. ¿Es obligatorio que el proyecto se ejecute en la comarca?

Sí, salvo actuaciones de promoción u otras justificadas.

27. ¿Puede ejecutarse parte fuera del territorio?

Solo si está debidamente justificado y autorizado.

28. ¿Debe el domicilio social estar en la comarca?

No es obligatorio, pero puede puntuar en baremación.

29. ¿Se financia el sector primario?

No, salvo en los supuestos expresamente previstos para transformación/comercialización.

30. ¿Se financia turismo rural?

Sí, dentro de la acción 7119.2.3.

31. ¿Se financia comercio y servicios?

Sí, conforme a la acción 7119.2.2.

32. ¿Se financia formación?

Sí, como proyecto no productivo (7119.2.8).

33. ¿Se financian infraestructuras básicas?

Sí, como proyectos no productivos gestionados por el GAL.

34. ¿Se financia patrimonio rural?

Sí, dentro de la acción 7119.2.7.

35. ¿Puede rechazarse un proyecto por no encajar en la EDL?

Sí, aunque cumpla otros requisitos

BLOQUE III. INVERSIONES, GASTOS Y LIMITACIONES

36. ¿Desde cuándo son subvencionables las inversiones?

Desde el 1 de enero de 2024.

37. ¿Qué ocurre si se inició antes?

No será subvencionable.

38. ¿Se subvencionan proyectos ya finalizados?

No, en ningún caso.

39. ¿Se subvenciona la compra de terrenos?

No.

40. ¿Se subvenciona la compra de inmuebles?

No.

41. ¿Se subvencionan traspasos de negocio?

No.

42. ¿Son subvencionables los pagos en metálico?

No, en ningún caso.

43. ¿Es obligatorio justificar la moderación de costes?

Sí, mediante tres ofertas comparables, salvo excepción justificada.

44. ¿Puede rechazarse la oferta más barata?

Sí, si existe justificación técnica suficiente.

45. ¿El IVA es subvencionable?

Solo si no es recuperable por el beneficiario.

46. ¿Existe un límite máximo de inversión auxiliable?

Sí: 1.000.000 € en agroalimentario y 2.000.000 € en otros sectores.

47. ¿Existe un límite máximo de ayuda por proyecto?

Sí, 200.000 €.

48. ¿Puede modificarse el proyecto aprobado?

Solo con autorización previa y expresa del GAL.

49. ¿Pueden cambiarse proveedores?

Solo con justificación y autorización.

50. ¿Pueden añadirse nuevas partidas?

No, salvo modificación aprobada.

51. ¿Qué ocurre si se ejecuta menos inversión?

La ayuda se recalcula a la baja proporcionalmente.

52. ¿Se subvencionan gastos no previstos?

No.

53. ¿Debe mantenerse la inversión?

Sí, durante el periodo de durabilidad.

54. ¿Puede subcontratarse la ejecución?

Sí, conforme a normativa.

55. ¿Puede venderse la inversión subvencionada?

No, durante el periodo de durabilidad.

 

BLOQUE IV. BAREMACIÓN E INTENSIDAD DE AYUDA

56. ¿Cómo se calcula la puntuación del proyecto?

Aplicando los criterios y baremos establecidos en las bases.

57. ¿Qué ocurre si no se alcanzan 30 puntos?

 

El proyecto no es subvencionable.

58. ¿La puntuación afecta al porcentaje de ayuda?

Sí, determina directamente la intensidad.

59. ¿Cuál es el máximo en proyectos productivos?

65 %.

60. ¿Cuál es el máximo en no productivos?

100 %.

61. ¿El empleo influye en la puntuación?

Sí, especialmente empleo juvenil, femenino y colectivos prioritarios.

62. ¿Influye el tamaño del municipio?

Sí, los municipios pequeños puntúan más.

63. ¿La viabilidad financiera es obligatoria?

Sí.

64. ¿Debe acreditarse financiación total?

Sí, total o mediante compromisos bancarios.

65. ¿Es obligatorio el plan de viabilidad?

Sí, en proyectos productivos.

66. ¿La sostenibilidad ambiental puntúa?

Sí.

67. ¿La adecuación a la EDL es determinante?

Sí.

68. ¿Puede revisarse la puntuación tras conceder la ayuda?

No, salvo error material.

69. ¿Puede recurrirse la puntuación?

Sí, mediante los recursos previstos.

70. ¿Puede modificarse el baremo durante la convocatoria?

No.

BLOQUE V. TRAMITACIÓN, PAGOS Y CONTROLES

71. ¿Cuántas fases tiene el expediente?

Más de 20 fases administrativas y de control.

72. ¿Es obligatorio el informe de subvencionalidad?

Sí, es preceptivo y vinculante.

73. ¿Puede aprobarse un proyecto sin ese informe?

No.

74. ¿Se pueden solicitar pagos parciales?

Sí, desde el 50 % de ejecución.

75. ¿Es obligatorio aval bancario?

Sí, salvo proyectos del GAL.

76. ¿Cuándo se solicita el pago final?

Tras la ejecución completa y correcta justificación.

77. ¿Qué ocurre si falta documentación?

Se requerirá subsanación.

78. ¿Puede perderse el derecho al cobro?

Sí, por incumplimientos.

79. ¿Se realizan controles sobre el terreno?

Sí.

80. ¿Existen controles posteriores al pago?

Sí, durante la vigilancia posterior.

81. ¿Quién puede controlar el proyecto?

GAL, Junta, Estado y órganos europeos.

82. ¿Debe conservarse la documentación?

Sí, durante cinco años.

83. ¿Puede exigirse devolución tras el pago?

Sí, si se detectan irregularidades.

84. ¿Se publican los beneficiarios?

Sí, conforme a normativa de transparencia.

85. ¿Puede auditarse el proyecto por la UE?

 

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